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Derechos RxR
Deudor cama adentro
 

Los padres de la patria han dado un nuevo ejemplo de cómo no se debe legislar, al extender obligatoriamente la vigencia de los arrendamientos de los inmuebles (cuyo autovalúo sea menor a S/. 2800), y congelar artificialmente el precio de la renta, prohibiendo su aumento.

Supuestamente, esta medida protege a los pobladores de bajos recursos que podrían ser desalojados si es que no pagan el alquiler. Sin embargo, esta propuesta no hace nada a favor de la oferta inmobiliaria. Por el contrario, antes que otorgar una solución al problema de vivienda, en realidad se fomenta la cultura de “perro muerto”. El mensaje es: mejor no pagues, si no te pueden desalojar. Frente a este mensaje, las pocas personas dispuestas a ofrecer alquiler de viviendas a bajo precio, no tendrían incentivo para continuar esa actividad, pues no tienen ninguna protección jurídica para que se cumpla el contrato, ni podrán obtener ganancias atractivas dado que sus precios estarán congelados, aun cuando sus costos se incrementen.

Además de la irracionalidad de esta medida (que viene manteniéndose año tras año), hay una evidente inconstitucionalidad que está pasando desapercibida (con la honrosa salvedad del congresista Bedoya que se opuso al proyecto de ley en el debate). En primer lugar, el artículo 62° de la Constitución prohíbe que las leyes modifiquen los términos pactados contractualmente (lo que incluye evidentemente, la fecha de conclusión del contrato de alquiler); y en segundo lugar, se atenta contra los artículos 2° y 70° que protegen la propiedad privada, porque sería el Estado (sin que medie una ley expropiatoria y la correspondiente indemnización) quien en los hechos decidiría qué hacer con estos inmuebles y no sus verdaderos propietarios.

¿Propondrían una ley similar los congresistas si a ellos se les obligara a mantener en sus viviendas a un inquilino que no paga?


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