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Artículos RxR
¿Otra vez con el arancel notarial? La importancia de la competencia de precios en el mercado de servicios notariales
Elaborado por Gianfranco Mejía


El 3 de febrero de 2012 se presentó el Proyecto de Ley 807-2011-CR, mediante el que se propone establecer una moratoria de cinco años para la creación de nuevas universidades. El proyecto se sustenta en lo siguiente: (i) últimamente se han creado muchas universidades públicas de manera desmedida y sin evaluar debidamente los motivos que justifican dicha creación; (ii) la calidad de las universidades en general es muy baja; y, (iii) resulta necesario realizar una reforma integral a la normativa que regula la materia.

El 12 de febrero de 2012 se publicó en el Diario Oficial El Peruano el Decreto Supremo 005-2012- ED, por el que se suspende desde el 1 de enero de 2012 hasta el 31 de diciembre de 2013 la creación y autorización de institutos educativos que forman docentes a nivel nacional. El motivo, según se argumenta, es la "sobreoferta de profesores", que excede el requerimiento del servicio educativo peruano.

Ambas medidas afectan al mercado educativo, en específico, respecto de la oferta de empresas educativas tales como universidades e institutos. Sobre el particular, consideramos que la educación es un servicio básico que debe ser supervisado por el Estado con la finalidad de que la oferta educativa tenga requerimientos mínimos que aseguren que sea prestado con la calidad necesaria, para que así los estudiantes puedan luego aportar con sus conocimientos al mejoramiento de la sociedad.

Sin embargo, la intervención del Estado, ya sea mediante el Congreso o el Ministerio de Educación, no puede distorsionar el funcionamiento del mercado con normas como las mencionadas que limitan el acceso al mercado de nuevos agentes económicos, puesto que de esa manera se limita la oferta educativa a las empresas existentes y se ven afectados los intereses de los consumidores, debido a que no podrán elegir más opciones que las que tienen a su disposición, por más que no les guste lo que les ofrecen.

Lo que predomina en ambas normas comentadas es el interés del Estado en que no se creen más centros educativos puesto que, a su criterio, perjudican la calidad del servicio educativo, por un lado, y generan sobreoferta en el mercado educativo, por el otro. Si bien lo mencionado podría ser cierto, no nos parece adecuado que la solución ante dichos problemas sea evitar que se creen más empresas educativas.

En efecto, lo que debe hacer el Estado es seguir permitiendo la creación de centros educativos (evitando así afectar derechos constitucionales como la libre iniciativa privada y la libertad de empresa) pero regulando de manera más estricta, sobre la base de criterios objetivos y debidamente justificados, la creación de universidades e institutos, evaluando constantemente la calidad de sus servicios, para que de esa manera pueda determinar qué empresas cumplen tales requisitos y cuáles no, sirviendo como un gran vehículo de información para los estudiantes y evitando la existencia de aquellos centros que no puedan cumplir la función a la que están obligados con la sociedad.

Al hacer eso, el Estado mandará mensajes claros a los empresarios educativos y también a los estudiantes sobre cuál es su política de calidad y qué es lo deben cumplir los primeros y esperar los segundos con el servicio educativo. Ello no implica que las reglas del mercado dejen de operar pues, como fruto de la ley de la oferta y la demanda y gracias a la transparencia generada, los consumidores podrán elegir el centro educativo que más se acople a sus necesidades e intereses y sólo se crearán las empresas que sean necesarias para satisfacer su demanda.

Existen dos informes interesantes y completos sobre la problemática expuesta que deberían ser tomados en consideración pues proponen medidas concretas para su solución. El primero fue elaborado por el Ministerio de Educación en el año 2006 y el segundo por la Contraloría General de la República en el año 2007.

Asimismo, una propuesta interesante para lo indicado es la contenida en el Proyecto de Ley 811- 2011-CR, presentado el 6 de febrero de 2012, por el que se plantea modificar la Ley Universitaria con la finalidad de implantar requisitos más estrictos para la creación de universidades públicas, lo que resulta necesario considerando que el afán por crear más de dichas universidades no para. Un ejemplo de ello es el Proyecto de Ley 816-2011-GL, presentado el 8 de febrero de 2012, mediante el cual la Municipalidad Distrital de Pomata, de la provincia de Puno, propone crear la Universidad Nacional Aymara.

Como se puede apreciar, es mucho mejor promover el establecimiento de medidas efectivas respetando los derechos de los agentes económicos que simplemente evitar el acceso de nuevas empresas al mercado educativo. Creemos que una reforma seria en la normativa educativa puede mejorar la calidad del servicio educativo, lo que redundará en el beneficio de todos nosotros.

Gianfranco Mejía
Abogado por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos y profesor de Economía Política en la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas. Investigador del Centro de Investigación en Políticas Públicas Respeto por Respeto.


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